Lunes 23 de Septiembre 2024
NBA

¿Juan Toscano en problemas? Uniforme que usó en el Slam Dunk puede costarle caro

¿Irá a la cárcel? Esto se sabe sobre los problemas legales que el basquetbolista tendría con el país

Juan Toscano NBA Concurso clavadas.Esto es lo que podría pasar con el basquetbolista mexicanoCréditos: Crédito: Especial
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Juan Toscano fue uno de los elementos que más birlló durante el Concurso de Clavadas de la NBA llevado a cabo hace tan solo unas horas en territorio norteamericano. El basquetbolista, cuyo raíces mexicanas se mantienen intactas, tuvo a bien salir al campo luciendo un jersey especial con los colores de la Bandera Nacional.

El nacido el 10 de abril de 1993 también presumió el Escudo Nacional, el cual se pudo ver tanto en su dorsal de la espalda como en los increíbles botines que presentó. Tal situación acaparó las miradas de propios y extraños por la belleza de estos; sin embargo, poco se habla del castigo que este podría tener por hacer uso de estos.

Y es que el jugador mexicano podría enfrentar consecuencias importantes de acuerdo a la Ley del Escudo, Bandera y el Himno Nacional, pues estas cuentan con lineamientos para el uso de los Símbolos Patrios que no se habrían adoptado de manera eficiente en el jersey de este.

La ley, dentro del artículo 6, indica que "las Instituciones y personas físicas, previa autorización de la Secretaría de Gobernación y apegándose estrictamente a lo establecido en los artículos 2o. y 5o. de la presente Ley, podrán reproducir el Escudo Nacional cuando contribuya al culto y respeto de dicho Símbolo Patrio, así como a difundir su origen, historia y significado".

Contrario a lo que ocurre en países como Estados Unidos, en territorio nacional está totalmente prohibido hacer este mismo uso, motivo por el cual se estipulan consecuencias derivadas de lo anterior en el Código Penal Federal, así como en la misma Ley de Símbolos Patrios.

Instagram @juan.toscano_95

Así podría ser el castigo de Juan Toscano

En el Código Penal Federal se establece, en el artículo 191 y 192, que el últraje del escudo (ya sea palabra u obra) podría incluir una sanción de seis a 48 meses de prisión o, bien, una multa de 53 mil pesos. Por su parte, aquel que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacional podría aplicársele un castigo de tres días a un año de prisión, así como una mil de 25 a mil pesos.

Por otro lado, la Ley del Escudo, Bandera e Himno Nacional cuenta con un apartado para las sanciones, mismas que se deben cumplir de acuerdo al artículo 6. Finalmente, a partir del artículo 56 se estipula que los infractores deberán colocarse las sanciones mostradas a continuación.

* Amonestación con apercibimiento.

* Multa de hasta diez mil veces el valor de la UMA al momento de la infracción.

* Multa adicional a la prevista en la fracción anterior de diez mil veces el valor de la UMA, esto por cada día que persista la infracción.

* Arresto por hasta 36 horas.

* La reincidencia, en su caso, de la conducta constitutiva de la infracción.

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AC