El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe entregar a los viudos la Pensión que correspondía a sus parejas, según lo establecido en la Ley del Seguro Social, pero hay algunos casos en los que no se quiere dar el apoyo y aquí te decimos qué hacer al respecto.
Para las mujeres que hayan perdido a sus maridos o concubinos el trámite es más sencillo, solo se debe acreditar que se contrajo matrimonio o que haya estado con su pareja hasta cinco años antes de su muerte.
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Las pensiones que pueden entrar lo antes mencionado son las de Invalidez, Retiro o Vejez, sin embargo, la gestión para los hombres que perdieron a sus esposas es mucho más complicado.
¿Qué hacer si el IMSS no me quiere dar la Pensión por viudez?
Hay un caso específico que puede tardar hasta dos años en resolverse: cuando un hombre queda viudo y su pareja poseía la pensión de Cesantía en Edad Avanzada de acuerdo con la Ley 73.
De entrada, el IMSS negará el apoyo a menos que los interesados prueben que tienen una discapacidad física o mental que impida que realicen una actividad económica.
De lo contrario, se deberá apelar la decisión a través de un juicio, eventualmente un juez le dará la razón al esposo, aunque algunos piensan que debería hacerse un ajuste a la Ley lo más pronto posible para evitar este largo proceso.
Cuando finalmente se les otorgue esta pensión a los interesados, se entregará todo el dinero que fue negado durante el proceso.
DRM