¡Ponte abusado!.. Si tu empresa te pide que trabajes este 25 de diciembre, está obligada a pagarte un extra pues se trata de un día de descanso obligatorio.
Al igual que el 1 de enero, la Ley Federal del Trabajo considera la Navidad como día de asueto, por lo que no estás obligado a trabajarlo, aunque si decides hacerlo o tu empresa te exige que vayas a laborar, deberás recibir un pago correspondiente.
Según el calendario, los días de descanso obligatorio son el 1 de enero, el primer lunes de febrero (en celebración del 5 de febrero), el tercer lunes de marzo (por el 21 de marzo), el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre (para conmemorar el 20 de noviembre), el 1 de diciembre de cada seis años cambio del poder Ejecutivo) y el 25 de diciembre.
El aguinaldo también está a punto de llegar, por lo que es importante que conozcas cuánto ganas diariamente por tus servicios o jornada laboral.
Por derecho, el aguinaldo consiste en un pago anual en efectivo respaldado por el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que deberás recibir lo correspondiente a 15 días de salario.
La cifra la obtienes al dividir el sueldo mensual entre 30 días trabajados: Por ejemplo, si ganas 15 mil pesos, debes dividirlo entre 30, lo que da como resultado 500 pesos por jornada laboral. Eso lo multiplicas por 15 y te dará lo que recibirás de aguinaldo: 7 mil 500.
¿Cuánto te deben pagar si trabajas en Navidad?
El extra que te deberá pagar la empresa si te pide que labores este 25 de diciembre es distinto en cada caso, de acuerdo al suelo diario que tengas y que ya te dijimos cómo calcular.
El monto que sea, deberás recibir el doble como extra por trabajar este 25 de diciembre, por lo que si usamos el ejemplo del aguinaldo con un salario al día de 500 pesos, deberán pagarte mil por laborar en Navidad, más los 500 de tu salario diario; es decir, mil 500.
EG