Lunes 16 de Septiembre 2024
PENSIONES

Pensión del Bienestar: ¿Qué pagos hay aparte del cobro bimestral?

Durante todo el año, el Gobierno de México y la Secretaría del Bienestar otorgaron 6 pagos de 3 mil 850 pesos durante 6 bimestres a millones de beneficiarios

¿Qué otros pagos hay aparte del cobro bimestral en la Pensión Bienestar?.Los beneficiarios recibieron su último pago del año a inicios de noviembre Créditos: Facebook: Secretaría del Bienestar
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Algunas personas que son beneficiadas con el programa de la Pensión Bienestar se han preguntado qué pagos existen aparte del cobro bimestral que se les realiza cada dos meses en sus tarjetas y aquí te lo diremos.

Es importante mencionar que durante este 2022 la Secretaría del Bienestar entregó 6 pagos de 3 mil 850 pesos a millones de pensionados que están inscritos a este programa que forma parte del actual Gobierno de México.

Por otra parte, también es necesario señalar que las personas de la tercera edad que son beneficiadas con esta pensión, a inicios del mes de noviembre recibieron el último pago de dicha ayuda que correspondió al último bimestre del año.

¿Qué otros pagos hay aparte del cobro bimestral en la Pensión Bienestar?

El programa de ayuda a los Adultos Mayores realizó el pago equivalente a 6 cobros de 3 mil 850 pesos durante todo este 2022 a millones de beneficiarios. De acuerdo con las normas de esta ayuda que son publicadas en el Diario Oficial de la Federación, también se otorga por única ocasión el pago de marcha.

Este monto se les otorga al las personas que auxilian o cuidaron de la persona adulta cuando esta fallece, y que de igual manera estaba inscrita en el programa Bienestar, así que este cobro no es para el beneficiario sino para quien vivía con el o lo ayudaba.

Un Pago Marcha es de mil 925 pesos y se le brinda al auxiliar de la persona de la tercera edad, siempre y cuando no se haya recibido ningún otro pago tras la fecha en la que murió el derechohabiente.

El adulto auxiliar podrá solicitar durante un periodo de cuatro meses luego de que falleció su Adulto de 65 años y más, el apoyo que le corresponde siempre y cuando presente los siguientes documentos: Identificación oficial, acta de defunción original y copia de la persona que era beneficiaria.

Por otra parte, además de este pago, se ha dado a conocer que en caso de que exista una declaratoria de emergencia o de desastre, la Secretaría del Bienestar podrá otorgar por única ocasión a las personas que forman para de este programa, un mes adicional de Apoyo Económico para mitigar sus necesidades prioritarias, las cuales son desencadenadas en caso de que el país sufra los estragos de los fenómenos naturales.

CA