Lunes 16 de Septiembre 2024
PENSIONES

Pensión IMSS: cuáles son los nuevos requisitos para solicitar pensión por viudez

Esta ayuda económica por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social fallezca se da en el caso de cuando un trabajador o un jubilado fallezca, por trabajo o motivos externos

¿Cuáles son los nuevos requisitos para solicitar la pensión por viudez del IMSS?.Esta ayuda se le otorga a la esposa o concubina de él o la persona fallecida Créditos: Especial
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Aquí te diremos cuáles son los nuevos requisitos para solicitar la pensión por viudez en el IMSS. Esta ayuda económica se da en el caso de cuando un trabajador o un jubilado del Instituto Mexicano del Seguro Social fallezca.

En este caso, la pareja de él o ella, puede solicitar y obtener el pago que recibía el pensionado por parte del IMSS, pero para poder cobrar dicho monto es necesario cumplir con determinados requisitos para poder recibir este apoyo por viudez.

Para todas las personas que quieran tramitar la Pensión del IMSS por viudez, el instituto reveló los nuevos requisitos que se pedirán para que los conyugues de los trabajadores o jubilados puedan quedar inscritos a este programa. De hecho, este apoyo puede ser solicitado por la esposa o concubina del beneficiario.

¿Cuáles son los nuevos requisitos para la Pensión del IMSS por viudez?

Cabe señalar que los nuevos requisitos que exigirá el Instituto Mexicano del Seguro Social serán a partir del primero de enero de 2023. El primer punto que requerirá el instituto es que el trabajador cuente con al menos 150 semanas cotizadas al momento de su muerte.

Que sus derechos sigan vigentes, en caso de que haya muerto por un accidente de trabajo, la viuda o concubina debe solicitar el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, este documento se puede tramitar en los Servicios Médicos Institucionales.

En caso de que la persona fallecida tuviera la pensión de incapacidad permanente y muere por motivos externos al riesgo de trabajo, deberá completar por lo menos 150 semanas cotizadas.

Cuando se cumplan estos requisitos, la esposa o concubina deberá presentar los siguientes documentos: su acta de nacimiento, una identificación oficial, comprobante de domicilio, CURP, una constancia de Registro Federal de Contribuyentes.

El número de cuenta y clave bancaria que esté autorizada por el IMSS; en caso de ser esposa, el acta de matrimonio, si es la concubina, un acta de solución que compruebe la situación sentimental, un documento del Instituto Mexicano del Seguro Social, Afore, Infonavit que tenga su número de seguro social y el nombre completo del fallecido.

CURP del trabajador o jubilado que murió, estado de cuenta de Afore del trabajador o pensionado fallecido, una copia del acta de nacimiento del fallecido y el acta de defunción. Para iniciar el trámite se deberán llevar todos los documentos a la delegación del IMSS que esté más cercana al domicilio de la persona interesada.

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