Sabías que por vender tu carro usado, deberás pagar estos impuestos al SAT, debes saber que al vender tu vehículo existen ciertos trámites que tienes que realizar, y uno de ellos es pagarle al Servicio de Administración Tributaria.
Si tienes como planes vender tu auto, y piensas que el SAT no tiene por qué enterarse de dicha transacción, estás muy mal. Ante esta venta tendrás que notificarle al Servicio de Administración Tributaria sobre este movimiento, esto es para evitar multas, recargos y ser posiblemente auditado.
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Es importante señalar que es obligatorio que avises sobre todos los movimientos que hagas, si es que eres una persona física que no haga actividades empresariales o profesionales, porque si este es tu caso, podrías estar sujeto al pago de impuestos cuando quieras vender tu auto usado, además tendrás que emitir un comprobante fiscal de la operación realizada.
¿Qué trámite debo hacer con el SAT cuando venda mi auto usado?
Si es que quieres vender tu auto usado, este el tramite que debes hacer con el SAT para evitar multas, además de tener en cuenta los siguientes aspectos. De acuerdo con los establecidos bajo el Régimen de Enajenación de Bienes donde las Personas Físicas consiguen ingresos derivados de toda transmisión de propiedad de bienes.
Ya sea por medio de una venta o permuta de un bien inmueble como por ejemplo los automóviles, la persona tiene la obligación de reportar, en su declaración anual, sus ingresos provenientes de la venta o permuta de la propiedad de bienes, sin importar su esta inscrito en el RFC o no.
Así que, si consigues ingresos por este medio, deberás declararlos. Si no estás inscrito en el RFC, deberás hacerlo. Dicha declaración y el respectivo pago de impuestos hará que evites multas, auditorias y recargos.
¿Cuánto debes pagar por vender tu auto usado?
Lo que deberás pagar por vender tu auto usado será el 35%, esto como cantidad máxima, ya que es preciso indicar que en la venta de autor particulares, entre mayor sea el precio, más impuestos serán cobrados.
También deberás considerar que el ingreso por esta propiedad, se toma como el exento el ISR (Impuesto Sobre la Renta), siempre y cuando la diferencia entre el valor de la enajenación y el costo de adquisición, no sobrepase tres veces la Unidad de Medida Actualizada elevada al año, para el 2021, la cual es de 32,69 pesos, de acuerdo con el INEGI.
CA