El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga a sus asegurados diferentes tipos de pensiones, entre las que destacan las de cesantía y por vejez, las cuales aquí te decimos a qué edad y con qué requisitos tramitarlas.
Si ya cumpliste 60 años puedes solicitar ante el IMSS tu pensión por Cesantía en Edad Avanzada y para poder tramitarla necesitas contar con el periodo mínimo de cotización que prevé la Ley del Seguro Social, 500 semanas para la Ley 73 y mil 250 semanas para la Ley 97.
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Si ya cumpliste los 65 años ya puedes ejercer tu derecho a pensión por vejez en el IMSS, para la que necesitarás contar también con 500 semanas para la Ley 73 y mil 250 semanas para la Ley 97.
La diferencia entre ambas es la edad, pero también el monto de pensión que te corresponde, pues es asignado de acuerdo a tu edad al momento de pensionarte.
¿Cuáles son los requisitos?
Si ya cumpliste los 65 años y te encuentras en baja del Régimen Obligatorio de la Ley del IMSS, el derecho al goce de la pensión de vejez se da al cumplir los siguientes requisitos:
Régimen de la Ley del IMSS 1973: Tener 65 años, haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social, tener al menos 500 semanas de cotización, haber cotizado antes del 1 de julio de 1997 y encontrarte dentro del período de conservación de derechos.
Régimen de la Ley del IMSS 1997: Tener 65 años, haber causado baja del IMSS y tener mil 250 semanas cotizadas.
El trámite lo puedes iniciar en la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar, donde deberás presentar en original o copia certificada, acompañados de copia simple para cotejo, identificación oficial con fotografía y firma, cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Infonavit o Afore con tu Número de Seguridad Social y nombre.
También deberás llevar comprobante de domicilio, CURP, estado de cuenta de tu Afore, constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, con número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada para recibir el pago de la pensión, además de copia certificada de tu acta de nacimiento, de adopción o reconocimiento.
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