Miles de personas llegan a tener que pagar algún monto al SAT como impuestos y otros más que no declaran, pero ¿cómo puedes pagar a meses sin intereses el saldo en contra?
Desde el pasado viernes 1 de abril, las personas físicas deben presentarse al Servicio de Administración Tributaria, para presentar su Declaración Anual de Impuestos que corresponde al 2021, y puede que algunos contribuyentes aparezcan con un saldo en contra.
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Esto puede darse debido a que la persona física no presentará una de las declaraciones mensuales anteriores. O también podría ocurrir en casos de tener excedentes en los casos que declaró contra los ingresos que obtuvo.
¿Cómo puedes pagar tu saldo en contra a meses sin intereses?
Uno de los objetivos del Sistema de Administración Tributaria para que puedas pagar tu saldo en contra a meses sin intereses, es que la dependencia lo hace con la intención de que el contribuyente pueda cubrir el monto de su sanción.
Para no deberle nada al SAT deberás abonar por lo menos 20% de la deuda, mientras que el 80 restante los podrás pagar incluso hasta a 36 meses sin intereses.
1-12 meses sin intereses del 1.26 %
13-24 meses sin intereses del 1.53 %
25 a 36 meses sin interese del 1.82%.
El usuario contará con 45 días para cubrir su deuda ante el SAT, no obstante, en caso de que no comunique esta decisión ante la dependencia, el Sistema de Administración Tributaria podrá sancionar a la persona física en cuestión.
Los interesados en pagar sus adeudos, deberán hacerlo a través de la pagina de internet del SAT donde posteriormente deberán seguir los siguientes pasos.
Dar clic en iniciar.
Ingresar al apartado Mi Portal con tu RFC y contraseña.
Seleccionar la opción Servicios por Internet.
Seleccionar la opción de Servicios o Solicitudes y dar clic en “Solicitud”.
Dar click en Pago a plazos de 66 y 66-A CFF, que te mandará a Administración Desconcentrada de Recaudación (en esta sección deberás señalar la cantidad de parcialidades solicitadas o, en su defecto, si se trata de un pago diferido a la fecha que se solicita cubrir el monto.
Elige examinar para seleccionar los documentos a digitalizar en formato PDF que te solicitará Cargar y Enviar.
En caso de no contar con una respuesta, podrás acudir a las oficinas del SAT para tener mayor información.
CA