Actualmente los movimientos bancarios están a la orden del día, pero ¿qué pasa si te transfieres a ti mismo entre tus cuentas? Al parecer podrías meterte en problemas, de acuerdo con el SAT.
Es muy común que un contribuyente tenga más de una cuenta y lo otro más simple es que te transfieras dinero a ellas, así de sencillo también podrías tener problemas con el Servicio de Administración Tributaria.
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De acuerdo con un especialista en impuestos, los traspasos electrónicos que se hagan en cuentas propias y que esté identificado a través del mismo Registro Federal de Contribuyentes, ya sea socio o persona física registrada, no causará impuestos, pero se dan casos en los que las transferencias entre cuentas propias pueden confundirse con ingresos.
¿Por qué podrías tener problemas con el SAT si te transfieres a ti mismo en otra cuenta bancaria?
La manera en que podrías tener problemas con el SAT si te transfieres a ti mismo de una de tus cuentas otra cuenta bancaria, es si Hacienda detecta diferencias entre los ingresos que declaras y los depósitos que percibes, entonces la autoridad fiscal puede presumir que hay ingresos adicionales por los cuales deberás pagar un tipo de nuevo impuesto.
El especialista también explicó que dichas diferencias se llaman discrepancias y consisten en movimientos que demuestran un incremento en nuestro patrimonio o fuente de riqueza.
En estos casos, deberás documentar con tu estado bancario que se trató de un préstamo y no de un ingreso por alguna ganancia, también deberás demostrar que estás en orden con RFC y la actividad que realizas.
De acuerdo con el Traspaso entre cuentas bancarias, el cual se aprobó el pasado 23 de abril de 2021, los contribuyentes deberán presentar los siguientes documentos: estados de cuenta, papeles de trabajo, una copia del recibo en donde se especifique el monto y la cuenta de donde proviene el depósito, forma de pago, el número de cheque o reporte de transferencia, número y nombre de la cuenta bancaria abierta a su nombre.
Cabe señalar que el SAT podrá fiscalizar movimientos hasta con 5 años de antigüedad, y es indispensable que las personas que se hagan transferencias a otras cuentas bancarias de el mismo, deberán mantenerse al día en cuanto a su contabilidad.
CA