El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió la fecha para tramitar tu constancia de situación fiscal, por lo que si ya lo hiciste o estás a punto de hacerlo te recomendamos checar bien el domicilio fiscal que vas a dar o ya diste, pues en caso de ser diferente podrías hacerte acreedor a una fuerte multa que aquí te decimos cuál será.
El SAT prorrogó la factura electrónica 4.0 hasta el 1 de enero de 2023, por lo que las personas que aún no tramitan su constancia de situación fiscal, la cual es requerida para la nueva factura, tendrán el resto del año para sacarla.
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Dicho trámite lo puedes realizar vía internet si quieres evitarte las largas filas, aunque si es necesario algún cambio o si hay alguna inconsistencia deberás acudir presencialmente a las oficinas del SAT.
Incluso, si conoces tus datos de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y régimen fiscal puedes entregar dicha información a tu empleador o emisor de factura, sin necesidad de presentar la constancia de situación fiscal.
“La emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores, por lo que no entregar la constancia no es motivo de despido ni de retención de pago“, indicó el SAT.
Pero mucho cuidado, pues el domicilio fiscal que des debe ser correcto, pues en caso de ser distinto al que tienes podrías recibir una multa.
¿Cuál es la multa del SAT si das un domicilio fiscal distinto?
El artículo 81 del Código Fiscal de la Federación (CFF) afirma que en caso de no notificar correctamente tu domicilio fiscal se aplicarán multas que van desde los 3 mil 870 pesos hasta los 11 mil 600.
Si las personas físicas y morales cambiaron de domicilio, tendrán un plazo de 10 días para notificárselo al SAT pues, de lo contrario, aplicará las sanciones correspondientes e incluso recurrir al uso de drones y tecnología de georreferenciación para cerciorarse que tu domicilio fiscal sea el correcto.
El domicilio fiscal es el lugar de localización del contribuyente en relación con la Administración Tributaria; o sea y en el caso de las personas físicas, donde tengan su residencia habitual o el lugar donde esté efectivamente centralizada la gestión administrativa.
EG