¡Ay, Dolores!.. El pago de impuestos sin duda es uno de las máximas y más angustiosas preocupaciones de millones de mexicanos, aunque esto no debería ser así si cumplen con sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que solo en caso de posibles irregularidades te “invita” a regularizarte con una carta de invitación que aquí te decimos qué es y qué pasa si la ignoras.
¡Pero mejor no lo hagas!, pues cualquier carta de invitación o trámite ante el SAT siempre ha sido, es y será importante, si no quieres tener auténticos y muy profundos dolores de cabeza si la ignoras, pues cumplir con tus obligaciones fiscales es importante, por lo que más vale estar al día con todo lo que debes cumplir.
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La carta de invitación, un llamado a regularizarte ante el SAT
En caso de que el SAT detecte algún movimiento atípico o inconsistencias en tus declaraciones, es entonces cuando decide emitir una carta de invitación que no es opcional, eh, sino obligatoria para que acudas a cualquiera de sus oficinas para regularizar tu situación fiscal y que debes tomar muy en serio.
La carta de invitación y censos son facultades otorgadas al SAT en la fracción III del Artículo 33 del Código Fiscal de la Federación, en la que se prevé dicho llamado para informar y asesorar a contribuyentes en relación con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, pues seguramente se detectó el no pago de impuestos, declaraciones con errores o inconsistencias, si haces comercio electrónico sin cumplir con tus obligaciones fiscales o se detectan operaciones que no se encuentran en concordancia con tu actividad económica.
Esto pasa si el SAT te emite una carta de invitación y la ignoras
De hecho, hay dos tipos de carta invitación: Las abiertas, que se envían para cumplir con tus obligaciones fiscales en tiempo y forma para recordarte sobre tus pagos si estás atrasado y las personalizadas, para señalarte omisiones, discrepancias o incumplimientos en la información que declaraste ante el SAT y de los cuales debes realizar el pago correspondiente.
Por ello y para que no haya necesidad de multas y sanciones, es fundamental que no las ignores y las contestes de inmediato, pudiendo incluso presentar dentro de los 15 días posteriores a la recepción de la carta invitación emitida por el SAT una aclaración cuando no estés de acuerdo. Para evitarlas, basta con que cumplas con tus obligaciones fiscales, aunque si tienes dudas la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) te da asesoría gratuita en el 55 1205 9000 y del interior de la República al 800 611 0190.
EG