Domingo 15 de Septiembre 2024
FINANZAS

Días festivos: ¿Cuánto DINERO me deben pagar si trabajo el lunes 20 de noviembre?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que los días festivos se deben pagar de distinta forma y aquí te contamos todos los detalles al respecto.

LFT.¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 20 de noviembre?Créditos: Especial / Cuartoscuro
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¡Para tener en cuenta! Al inicio de cada año, miles de trabajadores en México miran la agenda para saber cuáles serán todos los días festivos y poder planear un descanso o, en su defecto, apartar esos espacios para trabajar por la importante recompensa económica, así que esta vez te diremos cuánto dinero te deben pagar si laboras el lunes 20 de noviembre.

Lo primero que debemos mencionar es que la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en su artículo 74 que el tercer lunes de noviembre, en este caso el 20, es de descanso obligatorio porque se conmemora otro aniversario de la Revolución Mexicana, sin embargo, hay empresas que no pueden prescindir de ciertos servicios y es ahí en donde cobra relevancia esta información.

En ese sentido, la misma ley en el artículo 75 indica que los empleados que deban acudir a sus centros de trabajo el próximo lunes 20 de noviembre podrán cobrar el triple, es decir, el día normal, más el doble, que compensa esa importante aportación.

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Para poner un ejemplo concreto, supongamos que al día una persona gana 450 pesos después de hacer un cálculo en función del salario mensual, eso significa que el trabajador recibirá los 450 más otros 900 por el día festivo, lo que nos da un total de 1,350 pesos.

¿Cuáles son los otros días festivos que están en la LFT?

Ahora bien, la misma Ley Federal del Trabajo (LFT) especifica el resto de los días festivos que son de descanso obligatorio a lo largo del año y con la misma dinámica de pago que el anterior (en caso de que se requieran ciertos servicios), los enlistamos a continuación:

  • El primero de enero 
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero por la Constitución Mexicana
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo por el Natalicio de Benito Juárez
  • El 1 de mayo por el Día del Trabajo
  • El 16 de septiembre por el Día de la Independencia
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre por la Revolución Mexicana
  • El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • El 25 de diciembre por la Navidad
  • Los que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias para efectural la jornada electoral

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