Viernes 13 de Septiembre 2024
PROGRAMAS SOCIALES

Pensión Bienestar | ¿Se puede HEREDAR el apoyo tras el fallecimiento del beneficiario?

La Pensión del Bienestar les otorga 4,800 pesos cada dos meses a las personas de la tercera edad, pero, ¿se puede heredar esta ayuda económica?

¿Se puede HEREDAR el apoyo de la Pensión del Bienestar tras el fallecimiento del beneficiario?.Esta ayuda se deposita cada dos meses y es un monto de 4,800 pesos Créditos: Foto Cuarto Oscuro
Escrito en TENDENCIAS el

Los programas sociales son un apoyo económico que otorga el actual Gobierno de México que encabeza Andrés Manuel López Obrador; y algunos beneficiarios que perciben dinero de la Pensión del Bienestar, se han preguntado si se puede heredar esta ayuda tras el fallecimiento del pensionado.

Recordemos que la Pensión del Bienestar se les otorga a los ciudadanos que cuentan con 65 años o más; y dicha ayuda se les deposita cada dos meses una cantidad de 4,800 pesos, mismas que les sirve para solventar sus gastos del diario.

Cabe resaltar que este apoyo se les otorga a más de 11 millones de beneficiarios, y aunque en un inicio la cantidad era de apenas 3,850 pesos, año con año ha ido incrementando, y de acuerdo con el presidente de la República Mexicana, se estima que para el 2024 la Pensión del Bienestar deberá rondar entre lso 6 mil pesos cada dos meses.

¿Se puede HEREDAR el apoyo de la Pensión del Bienestar tras el fallecimiento del beneficiario?

Foto Cuarto Oscuro

Ante la pregunta sobre si un beneficiario que percibe la Pensión del Bienestar puede heredar su apoyo económico; de acuerdo con información que otorgó la Línea del Bienestar, como se trata de una ayuda exclusiva y solamente la pueden tener los Adultos Mayores; entonces esta no se puede transferible en caso del fallecimiento del pensionado.

Pero no todo es una mala noticia, lo que sí puede hacer es reclamar el dinero del beneficiario, a través de un auxiliar, esto quiere decir que el nombre que el fallecido asigne para apoyarlo cuando se hizo el momento para hacer la solicitud en dicho programa social.

El auxiliar de la persona fallecida y que cobraba la Pensión del Bienestar, deberá llevar al banco de esta institución más cercano, es su identificación oficial, el acta de defunción y la tarjeta de débito del beneficiario para poder sacar el dinero que el pensionado tenía en su cuenta.

Es importante señalar que el dinero se podrá retirar sólo el que se haya acumulado en la cuenta del pensionado al momento de morir, si es que aún mantenía vigente su afiliación a la Pensión del Bienestar.

Por otra parte, es necesario recordar que todos las personas de la Tercera Edad que cobran dicha ayuda económica, deben hacerlo siempre en la compañía de un familiar o persona de confianza, esto para evitar cualquier tipo de robos o fraudes; así como asistir a los bancos uno o dos días después, y evitar aglomeraciones dentro de los bancos.

CA