Han pasado algunos días desde que comenzó un nuevo año y miles de contribuyentes, al día de hoy, no han activado o, bien, actualizado, su Buzón Tributario. Si tú eres una de esas personas, es importante que conozcas a cuánto asciende la multa correspondiente al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que tendrías que pagar.
El Buzón Tributario del SAT no es más que un servicio otorgado por el propio organismo el cual funge como un lapso de comunicación entre la institución y el o la contribuyente, por lo que es necesario activarlo en este 2024. Al no hacerlo, incumples con los requisitos correspondientes, lo cual podría generarte una importante multa.
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Si no quieres tener problemas a futuro con el Servicio de Administración Tributaria, entonces debes seguir al pie de la letra estas instrucciones. Y es que, si no activas tu Buzón Tributario, el SAT tiene el derecho de castigarte con una multa de miles de pesos misma que deberás pagar a la brevedad. Quédate con nosotros y conoce más al respecto.
Así puedes dar de alta tu Buzón Tributario
Lo primero que tienes que hacer es ingresar al portal del SAT a través de tu contraseña y firma electrónica para, posteriormente, ir al apartado de configuración y llenar el formulario que ahí se establece. Una vez hecho esto, tendrás que dar clic en el vínculo que llegará a tu correo electrónico o, bien, el código directamente del SMS de tu teléfono celular.
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El siguiente paso es entrar al Buzón Tributario dentro del apartado de configuración para, después, registrar el código en donde se lee “Captura el Código”. Finalmente, para culminar con este proceso lo único que tendrás que hacer es confirmar dicho registro en un lapso de 72 horas; es decir, tres días.
SAT multa a quienes no tengan activado el Buzón Tributario
Fue la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente quien dio a conocer las multas para aquellas personas físicas o morales que aún no hayan activado su Buzón Tributario del SAT. Y es que, según el Código Fiscal de la Federación bajo su artículo 86-D, las sanciones van de tres mil 420 pesos hasta los 10 mil 260 pesos, lo anterior debido a la miscelánea fiscal correspondiente al año antepasado.
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AC