Lunes 16 de Septiembre 2024
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¿Cuántos días de vacaciones corresponden con la nueva ley?

La reforma a la Ley Federal del Trabajo sigue viento en popa en el Senado de la República y aquí te informamos cuántos días de vacaciones tendrías

Vacaciones.Con la reforma aumentarán los días de vacaciones. Checa cuántos te tocaránCréditos: Pixabay
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Por si los días de asueto obligatorio y los puentes y megapuentes no fueran suficientes, la reforma a la Ley Federal del Trabajo sigue en marcha en el Senado de la República, con la que tendrías más días de vacaciones. Entérate cuántos.

En busca de vacaciones dignas para todos los trabajadores que laboran en el sector privado, en la Cámara Alta fue aprobado por unanimidad por la Comisión de Estudios Legislativos el dictamen con el que se reformarían los artículos 61, 76, 78, 81, 179 y 199 de la Ley Federal del Trabajo, el cual fue puesto a consideración para su discusión y aprobación en los próximas fechas.

Ello debido a que México es uno de los países de América Latina con menos vacaciones, lo que se trataría de un rezago por el que se tiene una deuda histórica con los trabajadores, que hasta hoy solo tienen derecho a seis días pagados durante el primer año de labores.

En caso de ser aprobada la nueva ley, entraría en vigencia a partir del 2023, modificando así el periodo anual de al menos seis días, que aumentaba dos cada año trabajado hasta llegar a 12, para luego incrementarse dos más, pero ahora cada cinco.

Estos días de vacaciones te corresponderían con la nueva ley

Ahora y en caso de aprobarse la nueva ley, avalada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, esta duplicaría de seis a 12 días de vacaciones como mínimo el periodo para los trabajadores del sector privado, que gozarían de otros dos por cada año laborado.

De tal modo y de acuerdo con lo que se está discutiendo, los trabajadores que tengan de seis a 10 años de antigüedad gozarán de 22 días; de 11 a 15 años, de 24; de 16 a 20, 26; de 21 a 25, 28; de 26 a 30, 30 y de 31 a 35 años, 32 de vacaciones.

Como ya está próximo el fin de año, los senadores también deberán aprobar o rechazar, en su caso, modificar el régimen transitorio para la entrada en vigor de esta nueva ley, a modo de que no entre en vigor una vez publicada en el Diario Oficial de la Nación, sino desde el mismísimo 1 de enero de 2023.

 

EG