Lunes 16 de Septiembre 2024
PENSIONES

Pensión IMSS: ¿Quiénes pueden recibirla con nueva reforma de ley?

Aquí te diremos quiénes son los trabajadores que podrán recibir una Pensión del IMSS con la nueva Reforma de Ley del Seguro Social, así que presta atención

¿Quiénes pueden recibir la Pensión IMSS con nueva reforma de ley?.Estos son los trabajadores que podrán percibir una Pensión del IMSSCréditos: Especial
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Esta vez te platicaremos quiénes pueden recibir la Pensión IMSS con esta nueva reforma Ley del Seguro Social, se dio que nuevos trabajadores ya tienen derecho a recibir pensión y servicios médicos en el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Es importante mencionar que los trabajadores independientes también pueden abrir una cuenta individual para depositar sus ahorros y hacerlos crecer a los largo de su vida laboral. La opción es que pueden escoger la Administradora de Fondos de Ahorro para el Retiro, el cual les permitirá asegurarles una pensión digna.

Este ahorro se hace con aportaciones voluntarias que no tienen un monto fijo específico, y son de acuerdo a sus posibilidades y la periodicidad que el mismo trabajador elija.

¿Quiénes pueden recibir la Pensión IMSS con la nueva reforma Ley del Seguro Social?

Los trabajadores que laboran de una manera independiente como traductores, periodistas, fotógrafos y diseñadores gráficos, emprendedores, programadores entre otros.

Cabe señalar que este gremio representa hasta el 23% de la población. Desde 1997 a la fecha, sólo 220 mil de ellos se han podido incorporar al IMSS. Pero ahora se ha dado a conocer que existe un esquema integral simplificado para ellos de incorporación voluntaria.

Lo único que deben hacer es acudir al Instituto para poder iniciar dicho trámite, y así estar afiliados para poder disfrutar de los siguientes beneficios como: Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica, incapacidades, pensión por invalidez y vida, fondo para el retiro y prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.

Las personas que laboran de una manera independiente, deben tramitar el registro de su cuenta Afore en la Administradora de que ellos prefieran, para que así puedan recibir todos los servicios. El siguiente paso es que deberán contactar a su Afore mediante línea telefónica, a un agente promotor en una sucursal o en el portal www.e-sar.como.mx donde deberán llenar una presolicitud de registro y estos son los requisitos:

Acta de nacimiento, CURP, identificación oficial, comprobante de domicilio, dos referencias personales mayores de edad, datos de sus beneficiarios, una fotografía digital del rostro del solicitante de frente, firma biométrica que son sus huellas digitales, y su firma manuscrita digital.

CA