Jueves 26 de Septiembre 2024
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Día del Trabajo: ¿Cuánto se debe pagar a los empleados que no descansarán este día?

Checa esta información para cobrar oportunamente lo que te corresponde.

Día del Trabajo.¿Cuánto debo cobrar si no descanso este día?Créditos: Especial
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¡Que no se te pase! Es muy común que a inicios de cada año las personas anoten en sus nuevas agendas fechas importantes como cumpleaños, periodos vacacionales y los días festivos, pero esta vez hablaremos del Día del Trabajo y lo que se le debe pagar a los empleados que no descasarán este día.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) el 1 de mayo será día de asueto oficial por el motivo antes mencionado, así que las empresas deberán dar el descanso a sus trabajadores, sin embargo, hay algunas que no pueden prescindir de esas personas, así que deben dar una compensación extra por sus servicios.

En el caso de los planteles de la Secretaría de Educación Pública (SEP) este día NO está contemplado como día festivo ni se recorrerá para el lunes, así que será necesario esperar hasta el jueves 5 de mayo para otro descanso, gracias al Aniversario de la Batalla de Puebla. 

¿Cuánto debo cobrar si laboro el Día del Trabajo?

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo detalla que todo aquel que labore en el Día de Trabajo tendrá que recibir su salario diario más el doble, es decir, en total cobrará el triple de lo que generalmente percibe.

Por ejemplo, si cobramos 600 pesos diarios y nos toca trabajar el 1 de mayo, deberemos tener un total de 1,800 pesos al final del día.

El resto de los días de descanso obligatorio que establece la LFT son los siguientes:

  • El 16 de septiembre por la Independencia de México
  • El tercer lunes de noviembre por la Revolución Mexicana
  • El 25 de diciembre por Navidad

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