En los últimos días el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se volvió tendencia en el mundo de las redes sociales luego de dar a conocer que algunos depósitos realizados contarían con un pago de impuestos, mientras que otros tantos no deberían pasar pos esta situación. Ante tal motivo, a continuación se mostrarán aquellos en los que el pago de impuestos sí será netamente necesario.
En ese sentido, es importante mencionar que las cuentas bancarias que tengan depósitos superiores a los 15 mil pesos pueden resultar investigadas y revisadas por el SAT, por lo que el organismo en turno tiene la facilidad de hacer esta situación dado que todo monto que ingresa desde una cuenta se considera por defecto un ingreso, incluyendo como tales depósitos en efectivo y transferencias bancarias.
Te podría interesar
Si el Servicio de Administración Tributaria incluye que hay ingresos no declarados, está en la facultad de solicitar el pago de ISR y del IVA; sin embargo, en caso de que no se trate de un ingreso la persona tiene derecho de demostrarlo para, así, evitar hacer este tipo de pagos.
Esto porque el SAT cuenta con la facilidad de revisar todos y cada uno de los montos económicos de las personas, empresas y comercios, mientras que las instituciones tienen dentro de sus obligaciones la labor de compartir la información con el organismo cuando este cuente con alguna rareza dentro de los reglamentos establecidos.
Estos son los depósitos que no pagan impuestos según el SAT
Sin importar si se es persona física o moral, es preciso mencionar que las transferencias electrónicas, los títulos de crédito y los traspasos que hagas entre tus mismas cuentas no son considerados depósitos en efectivo. En este sentido, a continuación se mostrarán los depósitos exentos del pago de impuestos:
• A hijos que estudian lejos
• Dinero para la manutención
• Entre familiares de línea directa
• Entre cónyuges
• Pensiones alimenticias
• Donativos
• Pensiones vitalicias
• Jubilaciones
• Herencias
• Subsidios de incapacidad
• Indemnizaciones por incapacidad, invalidez, vejez, retiro, cesantía o muerte
• Becas estudiantiles
• Prestaciones de previsión social
• Pagos de compañías de seguros o beneficiarios de este.
AC