Esta información que les daremos a conocer es muy importante para todos las y los beneficiarios que reciben la Pensión IMSS, puesto que ha surgido la duda entre los pensionados del cuál sería la razón se podría perder el apoyo por viudez.
La pensión o apoyo por viudez es uno de los múltiples trámites que puede realizar la pareja del trabajador fallecido inscrito al Instituto Mexicano del Seguro Social, y este lo puede hacer el esposo, esposa, concubino o concubina.
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El IMSS explicó que este apoyo es una pensión que aplica para la pareja del asegurado fallecido, y el dinero que se les otorga proviene de seguros y prestaciones que tuvo el trabajador cuando estaba con vida como: riesgos de trabajo, invalidez, retiro y Cesantía en edad avanzada o vejez.
¿Cuál es la razón por la que se podría perder el apoyo por viudez en la Pensión IMSS?
Uno de los factores por los que la pareja podría perder el apoyo por viudez se lleva de acuerdo con el artículo 66 de la Ley General del Instituto Mexicano del Seguro Social, donde se dicta que en el caso de que el beneficiario contraiga nupcias o entre en una relación de concubinato, pueden hacer que ya no reciba la Pensión IMSS por viudez.
Entonces, si murió tu pareja y recibías la ayuda por que tu pareja fallecida, pero te vuelves a casar o entrar en una relación de concubinato, perderás este monto, pero antes la misma dependencia te otorgará un pago final o finiquito, el cual equivale a tres anualidades de la jubilación que se le dio a la persona fallecida.
Estos son todos los requisitos que deben cumplir el o la viuda para solicitar el apoyo por viudez de la Pensión IMSS:
La o el esposo debe acreditar su vínculo matrimonial, así como la situación para que la pareja que vivía en concubinato compruebe su relación.
La pareja deberá acreditar la dependencia económica del trabajador fallecido ante el IMSS.
Si la persona viuda quiere que su ayuda se haga bajo el amparo de la ley del Seguro Social de 1973, deberá acreditar su total incapacidad a través de un Dictamen de Beneficio Incapacitado ST-6.
La Beneficiaria de este apoyo económico recibirá el monto confirme al mismo régimen del empleado fallecido.
Para solicitar esta pensión deberás reunir los siguientes documentos del trabajador: cualquier documento del IMSS, Infonavit o Afore que tenga su nombre y número de seguro social, CURP, estado de cuenta o de Afore no mayor a seis meses, una copia certificada de acta de nacimiento, adopción o reconocimiento y una copia certificada del acta de defunción.
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