Si estás por jubilarte y no quieres dejarle dolores de cabeza a tu esposa o concubina, mejor checa la reforma a la Ley del Seguro Social que a partir de julio te impedirá heredar tu Pensión IMSS por viudez a las personas que aquí te mencionamos y por estos fundamentales motivos.
Hasta ahorita, el requisito principal para el otorgamiento de la Pensión IMSS por viudez es que al momento de la muerte el asegurado haya tenido un mínimo de 150 semanas de cotización, encontrándose vigente en sus derechos. Tratándose del Seguro de Riesgos de Trabajo, no se requiere de dicho período de cotización.
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Para heredar la Pensión IMSS por viudez, la viuda esposa necesita acreditar el vínculo matrimonial, mientras que la viuda concubina la relación de su concubinato. Si el asegurado falleció por un riesgo de trabajo, se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los Servicios Médicos Institucionales.
Pensión IMSS: estas personas no podrán heredar por viudez
Los motivos que fueron modificados en la nueva reforma a la Ley del Seguro Social para que las personas pueden heredar la Pensión IMSS por viudez son en caso de que el asegurado falleciera antes de cumplir seis meses de matrimonio o de estar en una unión civil o cuando el matrimonio o unión civil se haga después de que el pensionado cumpla 55 años, a menos de que fallezca después de un año desde el matrimonio civil.
Tampoco podrán heredar la Pensión IMSS si al casarse o estar en unión libre el asegurado recibía ya una pensión por Riesgos de Trabajo o Invalidez, a excepción que la fecha del fallecimiento haya pasado un año desde el matrimonio.
Cuando un pensionado por invalidez, vejez o cesantía fallece sí podrá heredar la Pensión IMSS, siempre y cuando su pareja, viudo o viuda con la que haya vivido por lo menos cinco años antes de su muerte o haya tenido derecho a una pensión por viudez no vuelva a contraer matrimonio o inicie una relación con alguien más. En caso de que haya dos o más personas en una relación con el pensionado, la pensión por viudez la determinará la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
EG