Cuando te das de alta ante el SAT, la dependencia te advierte que toda la información que llevas en tu memoria deben ser tratados con cuidado, pero algunos contribuyente se han preguntado qué hacer ante la fuga de sus datos fiscales y cuáles son los riesgos de perderlos o que alguna persona ajena los tenga en su poder.
De hecho, el Servicio de Administración Tributaria ha dado a conocer a la fuga de datos reconocida por la propia autoridad fiscal, ya que puede ser peligrosa para algunas personas que cumplen con sus obligaciones fiscales.
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La jefa del SAT, Raquel Buenrostro, recientemente informó sobre una fuga de datos de la institución que rige. De acuerdo con la información de medios locales, el laxo de control en la información fiscal permitió que los datos del Servicio de Administración Tributaria estuvieran a disposición de al menos 40,000 personas, durante más de 10 años.
¿Qué hacer ante la fuga de sus datos fiscales y cuáles son los riesgos?
La Fiscalía publicó un artículo en el que considera peligrosa la fuga de los datos fiscales y también reveló cuáles son los riesgos. Esto se debe a que la información que tiene el SAT no sólo consiste en los ingresos de los contribuyentes, también tienen toda investigación de sus gastos, sus créditos fiscales, sus cuentas bancarias y lo más riesgoso, sus datos biométricos.
El artículo indica que el acceso a estos datos puede significar un considerable peligro para los contribuyentes. También se explicó que cuando se trata de un acceso a la información de biométricos, no es lo mismo que el acceso a una clave de entrada igual, la cual puede ser restablecida o modificada por el usuario.
Los datos biométricos no pueden ser modificados por la persona, de hecho, una vez que estos son robados o vulnerados, las consecuencias pueden llegar a ser mayúsculas, y se trata de un problema de compleja solución.
También se indicó que la información de la identificación biométrica se encuentra encriptada, por lo que no es sencillo acceder a ellos y ocuparlos, aún cuando una persona los tenga en su poder. A pesar de esto, no se debe restar importancia al problema debido a que no sea algo fácil de lograr, pero tampoco es imposible.
En dicho artículo también se explica lo que debe hacer el contribuyente ante el SAT, si es que sufre la fuga de sus datos conforme a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
“Establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados”, se puede leer en la ley.
Esto quiere decir que, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, entre otros, de la mano con el SAT debe seguir los lineamientos de esta norma.
CA