Lunes 23 de Septiembre 2024
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

SAT: ¿De cuánto es la multa si no habilito el Buzón Tributario?

Existe la posibilidad de que el SAT restrinja el Certificado de Sello Digital.

SAT.Ésta es la multa por no habilitar el Buzón Tributario Créditos: Especial
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el ente encargado de vigilar la actividad fiscal de personas físicas y morales en México y a través del Buzón Tributario mantiene comunicación con los contribuyentes, pero si éste no está habilitado o cuenta con alguna irregularidad podríamos hacernos acreedores a una fuerte multa.

Por medio del Buzón Tributario, el SAT envía información referente al cumplimiento de las obligaciones fiscales o avisos y también puede utilizarlo para solicitar datos sobre un trámite en específico.

El SAT exige a los contribuyentes que proporcionen medios de contacto correctos (correo electrónico y número de teléfono) y que estos sean actualizados constantemente para no perder ese canal de comunicación, ya que en caso de que haya mensajes acumulados en el Buzón se enviará una notificación por ahí.

Estos medios de contacto se pueden actualizar siguiendo estos pasos:

1. Hay que dar click a la pestaña del Buzón Tributario en la página del SAT y damos los datos que se nos piden.

2. Posteriormente buscamos la pestaña de configuración y se desplegará un formulario para proporcionar los medios de contacto.

3. Después de que corroboremos los datos y continuemos el sistema nos dará un acuse y tendremos que confirmar esos medios en las 72 horas posteriores.

¿Cuánto debo pagar si hay irregularidades en mi Buzón Tributario del SAT?

En caso de que las personas no habiliten su Buzón Tributario del SAT o no tengan actualizados los datos antes mencionados tendrán que pagar una multa que iría desde los 3,080 hasta los 9,250 pesos mexicanos.

Asimismo, una situación de este tipo podría provocar que los contribuyentes no puedan emitir Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) debido a que el SAT podría restringir el Certificado de Sello Digital.

Solo las personas físicas sin actividad económica tendrán la posibilidad de no habilitar el Buzón Tributario.

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