Jueves 26 de Septiembre 2024
PRESTACIONES

Aguinaldo 2022: ¿Cuándo es el último día de diciembre para recibirlo?

Ya estamos en el último mes de 2022 y todos los trabajadores esperan el pago del aguinaldo. Checa cuál es el último día de diciembre para recibirlo

Aguinaldo.Entérate cuál es el último día de diciembre para recibir esta prestación obligatoriaCréditos: Pixabay
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Además del Día de la Virgen de Guadalupe y Navidad, hay otra fecha en particular que todos los mexicanos esperamos con ansias y ese es del pago del aguinaldo, que aquí te decimos cuándo es el último día de diciembre para recibirlo y puedas así hacer frente a todos los gastos que te esperan, además de la cuesta de enero.

Luego de todo un año trabajado, todos los trabajadores a lo largo y ancho de la República Mexicana ya se hicieron merecedores de este pago extra que se llama aguinaldo, que antes no era obligatorio para el patrón pero desde 1970, con la modificación a la Ley Federal del Trabajo, es una de las prestaciones obligatorias más esperadas que está contemplada en el artículo 87. Aquí te decimos cuál es el último día de diciembre para recibirlo.

De tal modo, bajo ningún pretexto y sin importar que seas trabajador de base, de confianza, de planta, sindicalizado, contratado por obra o tiempo determinado, eventual, entre otros, tienes derecho a recibir el aguinaldo, que es una prestación a la cual todo trabajador con más de seis meses de trabajo en la misma empresa tiene derecho a recibir este último día de diciembre que aquí te decimos.

Este es el último día de diciembre para recibir el aguinaldo 2022

Si cuentas con al menos seis meses de trabajo, el último día en que deberás recibir tu aguinaldo de al menos 15 días de sueldo es el 20 de diciembre, aunque hay empresas que dicha prestación la dividen en dos pagos, el primero de los cuales ya se realizó con motivo del Buen Fin.

Para saber cuánto te corresponde de aguinaldo, solo debes dividir tu salario entre los 30 días del mes y multiplicarlo por los 15 días que te corresponden, cantidad que deberás recibir, máximo, el 20 de diciembre. No obstante, si no has cumplido un año trabajando en la misma empresa, también te corresponde una cantidad proporcional a lo que laboraste en dicha empresa.

Lo mismo pasa con aquellos trabajadores estacionales o eventuales que presten sus servicios por más de 27 semanas, quienes según el Artículo 280 de la Ley Federal del Trabajo deben recibir, además, el pago de una prima vacacional y cualquiera otra prestación a la que tenga derecho.

En caso de que no te lo paguen, lo recibas a destiempo o no lo recibas completo no te apures, tienes hasta un año para reclamarlo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), misma que tiene la obligación de brindarte asesoría legal, gratuita y personalizada, además de interponer la demanda correspondiente ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para que tu patrón se haga acreedor a una multa de entre 50 a 5 mil salarios mínimos.

 

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